Prohibir pisos turísticos en comunidad: normativa actual y pasos a seguir

¿Sabías que el 47% de las comunidades de vecinos en España ya han abordado la cuestión del alquiler turístico? Este fenómeno, que ha crecido un 180% en los últimos 5 años, genera frecuentemente conflictos de convivencia. Si eres propietario o administrador de fincas, es clave entender cómo regular este tema según la normativa actual. En este artículo te explicamos los pasos para prohibir los pisos turísticos en tu comunidad de propietarios.

¿Pueden las comunidades prohibir los pisos turísticos actualmente?

La respuesta es sí, pero no por una supuesta reforma de 2025, sino gracias a la jurisprudencia actual del Tribunal Supremo y la normativa existente. La Ley de Propiedad Horizontal de 1960, con sus modificaciones reales (la última en 2022), permite a las comunidades regular el alquiler turístico.

La clave está en los artículos 17 y 18 de la LPH, que establecen que las actividades que alteren las condiciones de uso normal de la vivienda requieren la aprobación de la comunidad. El Tribunal Supremo ha confirmado en múltiples sentencias (como la de 2022) que el alquiler turístico es una actividad que modifica el uso habitual del inmueble.

Condiciones para prohibirlos

Para que la prohibición sea efectiva, debe cumplir estos requisitos:

  • El acuerdo debe adoptarse en junta de propietarios
  • Se requiere mayoría cualificada: al menos el 60% de los propietarios y de las cuotas de participación
  • El acuerdo debe incluirse en los estatutos de la comunidad
  • Es necesario inscribirlo en el Registro de la Propiedad para que afecte a futuros propietarios

Procedimiento para prohibir los pisos turísticos

El proceso para prohibir los pisos turísticos en tu comunidad debe seguir estos pasos:

1. Convocar junta de propietarios

El presidente de la comunidad debe convocar una junta ordinaria o extraordinaria con al menos 15 días de antelación. El punto debe figurar en el orden del día y especificar que se tratará sobre la regulación del alquiler turístico.

2. Votación con mayoría cualificada

En la junta, se somete a votación la prohibición. Para que sea válida:

  • Debe obtener el voto favorable del 60% de los propietarios
  • Debe alcanzar el 60% de las cuotas de participación
  • Los ausentes tienen 30 días para manifestar su postura

3. Modificar los estatutos

El acuerdo debe incorporarse a los estatutos de la comunidad mediante una modificación formal. Es recomendable redactar una cláusula específica que prohíba expresamente el alquiler turístico y defina qué se considera como tal.

4. Inscribir en el Registro de la Propiedad

La última y crucial fase es inscribir el acuerdo en el Registro de la Propiedad. Solo así será oponible a terceros y afectará a futuros propietarios. El plazo para hacerlo es de 3 meses desde la aprobación del acuerdo.

¿Qué ocurre si un propietario incumple la prohibición?

Si un vecino sigue ofreciendo su vivienda como alojamiento turístico tras una prohibición válida, la comunidad puede actuar según el artículo 7.2 de la LPH:

  • El presidente debe enviar un requerimiento formal para que cesen la actividad
  • Si no hay respuesta, la comunidad puede acudir a los tribunales
  • El juez puede imponer sanciones como indemnización por daños o privación del uso de la vivienda hasta por 3 años

Es importante recordar que las prohibiciones no son retroactivas. Si un propietario ya tenía autorización previa o estaba ejerciendo el alquiler turístico antes de la prohibición, puede continuar con su actividad.

Recomendaciones prácticas

Para evitar conflictos y garantizar la validez de la prohibición:

  • Documenta todas las reuniones y acuerdos con acta notarial
  • Considera incluir reglas de convivencia específicas para alojamientos turísticos
  • Si hay dudas legales, consulta con un abogado especializado en derecho inmobiliario
  • Mantén una comunicación clara con todos los vecinos sobre las normas establecidas

El equilibrio entre el derecho a alquilar y el derecho a la tranquilidad de los vecinos es posible con una regulación clara y consensuada. Cada comunidad debe adaptar sus normas al tipo de edificio y a las necesidades específicas de los residentes.

Recuerda que la normativa puede variar según la comunidad autónoma, ya que algunas (como Baleares o Canarias) tienen regulaciones específicas para el alquiler turístico. Si necesitas asesoramiento personalizado para tu caso concreto, no dudes en contactar con nuestros especialistas en propiedad horizontal.

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